miércoles, 16 de enero de 2013

Vivienda



I
 El déficit habitacional del mundo moderno es dantesco. La gran mayoría de la población mundial vive en condiciones de precariedad absoluta. Los mobiliarios aptos para el normal desarrollo del individuo y las familias siguen siendo en nuestros días, la parte minoritaria. A pesar de las grandes ciudades y poblados que han florecido por doquier, son inmensamente más las personas que no tienen acceso a un techo digno, que aquellas que logran alcanzarlo. Cuando el Cooperativismo triunfe en la voluntad de los hombres, dicho déficit se verá grandemente subsanado, pues mucha será la mano de obra disponible para tal fin. Siendo las sociedades democracias de base directa, y libradas del lastre ignominioso del dinero, ellas mismas procurarán los medios para dar la mejor respuesta a los problemas habitacionales de cada comunidad. En un Coto, no serán necesarias estadísticas o censos para saber cuántas personas carecen de techo propio, pues al ser grupos reducidos que se conocen mutuamente, sabrán cómo asignar rápidamente las prioridades. Sin embargo, creemos necesario esbozar ciertos lineamientos para que el desarrollo se dé en forma sustentable, sin despilfarro de recursos, ni arbitrariedades que pudieran dañar la cohesión social.
II
 El Cooperativismo no consiente, ni apaña, ni promueve la expropiación de inmuebles. Todo ciudadano es, dentro del Cooperativismo, teniente de aquello que posee durante el tiempo en el cual decida poseerlo. El bien en sí, siempre será un bien común, pero el hecho de habitarlo dará a su morador un derecho adquirido sobre el mismo. Ya no será de su propiedad, pero será de él en tanto lo habite o no lo disponga en contrario. Dicho esto, si un propietario del antiguo sistema social posee una casa de diez habitaciones, en un pueblo donde hay diez familias sin hogar, y no está en él el espíritu cooperativista de compartir sus habitaciones con ellos, nadie podrá obligarlo a entregar la propiedad que, dentro del nuevo planteo, ya no es de su pertenencia, pero sí de su tenencia por habitarla. En contra partida, dicho propietario no podrá solicitar ayuda a la sociedad para el mantenimiento (Ya sea reparaciones, limpieza, jardinería, etc.) de un inmueble que sobrepase tan extensiblemente la necesidad propia de una vivienda, y deberá, el solo y por sus propios medios, en sus horarios de esparcimiento, encargarse del mantenimiento de la casa. Esto buscará, que él mismo sopese hasta que punto le es conveniente o útil el permanecer en su postura. Pero de persistir en ella, está en su derecho de teniente de la propiedad de hacerlo, sin que nadie, bajo ningún concepto o razón, pueda forzarlo en contrario.
III
 Cada teniente deberá tener una única vivienda (Ya sea un individuo, o un grupo familiar). Es decir, si como resultado del antiguo orden mercantilista, un hombre tenía diez casas. Deberá elegir una de las diez para morar en ella, perdiendo el resto de los inmuebles en favor de las comunidades en las cuales estén afincados. Así mismo si el hombre en cuestión tuviere diez hijos mayores de edad, podrá disponer a cada uno de ellos en las casas en cuestión, pasando ellos a ser tenientes de las mismas, en los mismos términos mencionados en el punto I.  
IV
 La idea del Cooperativismo es que la solución habitacional se expanda dentro de límites que no menoscaben los espacios públicos, ni la armonía con el ecosistema. Para ello, propone que las viviendas sean rotativas, para no sobre poblar el terreno. De este modo, a título meramente ilustrativo, podrían implementarse sistemas habitacionales de uno, dos, tres, o más ambientes los cuales podrían ser asignados a solteros (Un ambiente) casados (Dos ambientes) Casados con un hijo (Tres ambientes) Y así sucesivamente. De este modo, se evitarían ampliaciones excesivas en los inmuebles ya construidos, y nuevas edificaciones para los recién emancipados, pues cada individuo o familia que estuviera en condición de mudarse a otra casa, cederían la que habitaban hasta ese momento a alguien más.

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