I
La justicia será
una fuerza cuya transformación se dará de hecho. Abolido el dinero, y
sustituido el concepto de posesiones personales por el de bienes comunes,
muchas de las actuales leyes se derrumbarán por su propio peso. Todos aquellos
conflictos suscitados de la violación de la propiedad privada, de la evasión
fiscal, de la especulación económica, o la malversación de fondos, pasarán a la
historia, y las leyes sancionadas con tal motivo caerán en el desuso y el
olvido. El cooperativismo no conciente en absoluto la disolución de la justicia,
pues, siempre habrá conflictos entre los hombres que harán necesario el
recurrir a un estamento que los solucione. Pero, sin dudas, la justicia
cooperativista será muy distinta de la actual administración. Las reformas no
tendrán que ser inmediatas, sino que se darán con el devenir de los
acontecimientos y la modificación propia de los conflictos cotidianos; pero los
jueces del nuevo sistema no tendrán facultades extraordinarias para determinar
el destino de otro ser humano, sino solo de
establecer responsabilidades en los hechos. No será la cooperativista,
una justicia de sentencias, sino de mediación entre los hombres, de guía en el
conocimiento de las leyes y las obligaciones y derechos que devienen de ellas,
de instrucción social en el apego de las normas que la misma sociedad habrá
instaurado en conjunto. Un juez, por así decirlo, será a los ojos de la
sociedad igual que un campesino, o el obrero de una fábrica; cumplirá una
función específica tan importante como la de todos los demás, pero no más
importante que ninguna en particular. Su trabajo será velar por el
mantenimiento de las normas dictadas en conjunto, y ello hace a la sociedad
tanto como cualquier otra actividad productiva. Al suscitarse un entre dicho en
miembros particulares de la sociedad, será la justicia quién arbitre entre ellos e intente llevarlos a un acuerdo
en común, pero si dicho conflicto deviene en la responsabilidad de una sola
persona, no podrá el juez determinar una pena específica, sino que será el
conjunto de la comunidad a la cual pertenece, (Coto o barrio, según el caso)
quien le aplique una sanción, no represiva, y lo ayude a comprender su
desatino.
II
Al hablar de justicia, o sistema judicial, no
podemos obviar la consecuencia inmediata de sus determinaciones en las
sociedades actuales. Y estas son las prisiones. El sistema carcelario, será
inconcebible en el futuro entramado social cooperativista. No se propone aquí
una conmutación inmediata de sentencia, ni una amnistía general e
indiscriminada. Pero sin dudas, el sistema será cambiado de raíz. Al igual que
en otros aspectos, el cambio no será inmediato, sino que llevará mucho tiempo;
pero la transformación se hará con la mayor celeridad posible.
Las cárceles, deberán inmediatamente
instaurado el cooperativismo, ser consideradas como centros de enseñanza. Sus
integrantes, le han fallado, o se han visto obligados a fallarle a la sociedad;
(Pero no por una condición intrínseca de ellos mismos, sino porque fueron
formados para ello por un sistema perverso desde su concepción, que luego
intentó desecharlos apiñándolos en prisiones y tratándolos, y obligándolos a
tratarse, como animales salvajes) y por lo tanto, es obligación de la sociedad
y de ellos mismos, rectificar los errores de la vieja enseñanza. Ellos, en
todos los casos, han sido tanto víctimas como victimarios, y el cooperativismo
no podrá prevalecer en las sentencias que un sistema corrupto ha aplicado.
Habrá aquí que discriminar grandemente los
delitos cometidos por los individuos, para actuar en particular sobre cada
caso. No serán tomados en la misma consideración los delitos contra la
propiedad, que los crímenes de muerte, o los delitos sexuales. Cada uno de
ellos responde a una cuestión absolutamente distinta y habrá que aplicarse en
particular sobre cada uno. El poder judicial, aliviado grandemente en sus
funciones con la abolición del dinero, y por ende la cesación de los conflictos
económicos, dispondrá de mano de obra para la titánica tarea. Los ladrones, seguramente
serán los más inmediatamente beneficiados, pues en un mundo cooperativista, donde
todas las propiedades serán comunes, esa figura legal carecerá de sentido. Sin
embargo, y volviendo al concepto de segunda educación, todos los egresados de
las prisiones, no podrán ser libres sin antes haberse, efectivamente reeducado
en su reinserción.
Los homicidios y delitos sexuales ya serán un
caso mucho más complejo, y es muy probable que en muchos casos dichos
individuos no puedan reinsertarse. Sin embargo el empeño en ello no decaerá, y
el trabajo cooperativista deberá apuntar en tal sentido hasta las últimas
consecuencias. Cuando las cárceles actuales se hallen prácticamente
despobladas, ellas habrán mutado enormemente, y sus pobladores no serán
tratados como entes criminales, sino como entes patológicos en vías de
recuperación. Sabemos que el discurso oficial siempre a apuntado en esa
dirección al referirse al encarcelamiento de personas, pero sabemos también que
esta argumentación era concebida como una mentira ya desde el discurso y jamás
se intentó (Aunque en algunos honrosos casos puntuales sí) llevarla a la
práctica.
Una sociedad que educa a sus habitantes en el
individualismo, divide al hombre entre superiores e inferiores, y esa división
en una prisión es perversa y criminal. Una sociedad que enseña la igualdad
entre los seres humanos, consigue que los seres humanos se vean como iguales, y
se apiaden los unos de los otros. Esa sociedad logrará, a la postre, que el
sistema carcelario sea absolutamente innecesario, pues todos sabremos que quien
daña al otro, se daña a sí mismo.
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