miércoles, 16 de enero de 2013

La Justicia



I
La justicia será una fuerza cuya transformación se dará de hecho. Abolido el dinero, y sustituido el concepto de posesiones personales por el de bienes comunes, muchas de las actuales leyes se derrumbarán por su propio peso. Todos aquellos conflictos suscitados de la violación de la propiedad privada, de la evasión fiscal, de la especulación económica, o la malversación de fondos, pasarán a la historia, y las leyes sancionadas con tal motivo caerán en el desuso y el olvido. El cooperativismo no conciente en absoluto la disolución de la justicia, pues, siempre habrá conflictos entre los hombres que harán necesario el recurrir a un estamento que los solucione. Pero, sin dudas, la justicia cooperativista será muy distinta de la actual administración. Las reformas no tendrán que ser inmediatas, sino que se darán con el devenir de los acontecimientos y la modificación propia de los conflictos cotidianos; pero los jueces del nuevo sistema no tendrán facultades extraordinarias para determinar el destino de otro ser humano, sino solo de  establecer responsabilidades en los hechos. No será la cooperativista, una justicia de sentencias, sino de mediación entre los hombres, de guía en el conocimiento de las leyes y las obligaciones y derechos que devienen de ellas, de instrucción social en el apego de las normas que la misma sociedad habrá instaurado en conjunto. Un juez, por así decirlo, será a los ojos de la sociedad igual que un campesino, o el obrero de una fábrica; cumplirá una función específica tan importante como la de todos los demás, pero no más importante que ninguna en particular. Su trabajo será velar por el mantenimiento de las normas dictadas en conjunto, y ello hace a la sociedad tanto como cualquier otra actividad productiva. Al suscitarse un entre dicho en miembros particulares de la sociedad, será la justicia quién arbitre  entre ellos e intente llevarlos a un acuerdo en común, pero si dicho conflicto deviene en la responsabilidad de una sola persona, no podrá el juez determinar una pena específica, sino que será el conjunto de la comunidad a la cual pertenece, (Coto o barrio, según el caso) quien le aplique una sanción, no represiva, y lo ayude a comprender su desatino.

II
 Al hablar de justicia, o sistema judicial, no podemos obviar la consecuencia inmediata de sus determinaciones en las sociedades actuales. Y estas son las prisiones. El sistema carcelario, será inconcebible en el futuro entramado social cooperativista. No se propone aquí una conmutación inmediata de sentencia, ni una amnistía general e indiscriminada. Pero sin dudas, el sistema será cambiado de raíz. Al igual que en otros aspectos, el cambio no será inmediato, sino que llevará mucho tiempo; pero la transformación se hará con la mayor celeridad posible.
 Las cárceles, deberán inmediatamente instaurado el cooperativismo, ser consideradas como centros de enseñanza. Sus integrantes, le han fallado, o se han visto obligados a fallarle a la sociedad; (Pero no por una condición intrínseca de ellos mismos, sino porque fueron formados para ello por un sistema perverso desde su concepción, que luego intentó desecharlos apiñándolos en prisiones y tratándolos, y obligándolos a tratarse, como animales salvajes) y por lo tanto, es obligación de la sociedad y de ellos mismos, rectificar los errores de la vieja enseñanza. Ellos, en todos los casos, han sido tanto víctimas como victimarios, y el cooperativismo no podrá prevalecer en las sentencias que un sistema corrupto ha aplicado.
 Habrá aquí que discriminar grandemente los delitos cometidos por los individuos, para actuar en particular sobre cada caso. No serán tomados en la misma consideración los delitos contra la propiedad, que los crímenes de muerte, o los delitos sexuales. Cada uno de ellos responde a una cuestión absolutamente distinta y habrá que aplicarse en particular sobre cada uno. El poder judicial, aliviado grandemente en sus funciones con la abolición del dinero, y por ende la cesación de los conflictos económicos, dispondrá de mano de obra para la titánica tarea. Los ladrones, seguramente serán los más inmediatamente beneficiados, pues en un mundo cooperativista, donde todas las propiedades serán comunes, esa figura legal carecerá de sentido. Sin embargo, y volviendo al concepto de segunda educación, todos los egresados de las prisiones, no podrán ser libres sin antes haberse, efectivamente reeducado en su reinserción.
 Los homicidios y delitos sexuales ya serán un caso mucho más complejo, y es muy probable que en muchos casos dichos individuos no puedan reinsertarse. Sin embargo el empeño en ello no decaerá, y el trabajo cooperativista deberá apuntar en tal sentido hasta las últimas consecuencias. Cuando las cárceles actuales se hallen prácticamente despobladas, ellas habrán mutado enormemente, y sus pobladores no serán tratados como entes criminales, sino como entes patológicos en vías de recuperación. Sabemos que el discurso oficial siempre a apuntado en esa dirección al referirse al encarcelamiento de personas, pero sabemos también que esta argumentación era concebida como una mentira ya desde el discurso y jamás se intentó (Aunque en algunos honrosos casos puntuales sí) llevarla a la práctica.
 Una sociedad que educa a sus habitantes en el individualismo, divide al hombre entre superiores e inferiores, y esa división en una prisión es perversa y criminal. Una sociedad que enseña la igualdad entre los seres humanos, consigue que los seres humanos se vean como iguales, y se apiaden los unos de los otros. Esa sociedad logrará, a la postre, que el sistema carcelario sea absolutamente innecesario, pues todos sabremos que quien daña al otro, se daña a sí mismo.

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